¿Qué es el certificado de eficiencia energética?
En el
año 2002 el Parlamento Europeo aprobó una directiva, para todos los países de
la Unión, donde se establece la obligación de poner a disposición de los
compradores o usuarios de un inmueble, un certificado de eficiencia
energética, que debe incluir información objetiva sobre las
características energéticas de la edificación. Desde el año 2007 está vigente
en nuestro país esta obligación para los edificios de nueva construcción. A
partir de Junio del 2013 mediante el Real Decreto 235/2013 se extiende la
obligación a todos edificios existentes.
Un certificado
de eficiencia energética, incluye información objetiva sobre
las características energéticas de la edificación. Desde el año 2007 está
vigente en nuestro país esta obligación para los edificios de nueva
construcción. A partir de1 de Junio del 2013 mediante el Real Decreto 235/2013
se extiende la obligación a todos edificios existentes.
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento
básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Fecha de entrada en vigencia del certificado de
eficiencia energética
Todos los propietarios que deseen vender o alquilar su
vivienda a partir del próximo 1 de junio deberán acreditar el certificado de eficiencia
energética, o una
copia del mismo, según un nuevo Real Decreto publicado el pasado 13 de abril de
2013 en el Boletín Oficial del Estado.
¿Qué edificios entran en esta normativa?
Entran dentro de esta nueva normativa los edificios de nueva
construcción, los edificios o partes de edificios ya existentes que vayan a ser vendidos o alquilados.
¿Para qué sirve la
certificación de eficiencia energética?
Tiene como finalidad favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y
las inversiones en ahorro de energía.
¿Cómo se obtiene el certificado de eficiencia energética?
El certificado de eficiencia
energética de un edificio, vivienda o local se obtiene a
partir del consumo energético necesario para satisfacer la demanda de
calefacción, aire acondicionado, ventilación, producción agua caliente e
iluminación. Este consumo se compara con el de un edificio de referencia o tipo
y se obtiene así la Clase, que variará desde la A para los
edificios más eficiente hasta la G para los edificios menos
eficientes. El Certificado brinda información sobre los cambios necesarios si
se quiere mejorar la clasificación.
¿Quién puede realizar la certificación?
Pendiente de la publicación de la Orden Ministerial
donde quedaría ratificado, los Certificados de un edificio vivienda o
local existente serán suscrito por técnicos que posean la titulación académica
y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de
sus instalaciones térmicas, es decir, Arquitectos, Arquitectos Técnicos o Aparejadores,
Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales.
Igualmente podrán emitir la Certificación de Eficiencia Energética
otros técnicos con formación específica demostrable en Eficiencia
Energética de las Edificaciones.
¿Quién
es el responsable de de realizar dicha certificación?
El propietario
del inmueble o de parte de él
será el responsable
de encargar la certificación.
¿Quién está excluido?
Están excluidos los siguientes
casos: Edificaciones abiertas, edificios protegidos, edificios utilizados como
lugares de culto o actividades religiosas, construcciones provisionales con
plazos de utilización menores de dos años, edificios industriales
y agrícolas en la parte destinada a talleres, edificios aislados
con una superficie útil total inferior a 50 m2 y las viviendas que sean objeto de un contrato de
arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses al año.
¿En qué consiste la toma de
datos?
Los
principales datos para la obtención de la Calificación Energética son
los siguientes:
Datos Administrativos: Dirección del Inmueble, identificación del
propietario, referencia catastral, etc.
Datos Generales: Tipo de edificio, año de construcción,
zona climática, fotos, pruebas realizadas, etc.
Definición Geométrica: Levantamiento del inmueble.
Definición Constructiva: Sección
constructiva de la fachada, cubierta, particiones interiores, medianeras,
suelos y cerramientos en contacto con el terreno.
Definición de sistemas de
acondicionamiento: Tipo de
calefacción, tipo de refrigeración, sistema principal de agua caliente
sanitaria.
Edificios ya existentes: las recomendaciones para mejorar la
eficiencia energética.
¿Cómo es el certificado y que información tiene?
Ejemplo de certificado de eficiencia energética
¿Qué se hace con el Certificado?
El Certificado debe
ser registrado en la Oficina de Registro de la Comunidad Autónoma
correspondiente para que tenga validez. Posteriormente, el Certificado estará a disposición de las
autoridades competentes que así lo exijan por inspección o cualquier otro
requerimiento.
¿Que implica una baja clasificación?
Aunque el Certificado posee un listado medidas para la
mejora de la clasificación, no será obligatorio acometerlas, inclusive si
la clasificación fuese las más baja.
¿Qué plazo de vigencia tiene y
cuando debo renovarlo?
Tendrá una validez máxima de diez
años. El órgano competente de la Comunidad Autónoma
correspondiente establecerá las condiciones específicas para proceder a su
renovación o actualización. No obstante si se ejecutan las mejoras el
propietario podrá voluntariamente solicitar una actualización.
¿Cuánto
cuesta el Certificado?
No existe
una tarifa fija, el coste estará dado básicamente por el tiempo que necesitara
el técnico para la toma de datos y los cálculos posteriores. La superficie del
inmueble y la complejidad de la edificación son los factores principales que
influyen en el tiempo necesario para la toma de datos. Si el cliente dispone de
planos detallados y posee todos los datos de los equipos (aire acondicionado,
calefacción, caldera, etc) se puede reducir mucho este tiempo.
No obstante, el precio se fija por la libre oferta y demanda
de certificados de eficiencia energética.
¿Qué es la etiqueta?
La etiqueta energética muestra, entre otros
datos, la calificación energética de un edificio. La escala de la calificación
energética son siete letras correlativas. De la letra A (edificio más eficiente
energéticamente) a la letra G (edificio menos eficiente energéticamente).
Además también constará, entre otros datos, información sobre el consumo de
energía anual (kWh/año y kWh/m2) y sobre el consumo de CO2 Anual (kgCO2/año y
kgCO2/m2)
¿Dónde se utiliza?
Todos los edificios de titularidad pública o
privada que presten servicios públicos a un número importante de personas
y que, por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con
una superficie útil total superior a 1.000 m2 , exhibirán
de forma obligatoria, en lugar destacado y claramente visible por el
público, la etiqueta de eficiencia
energética, cuando les sea exigible su obtención. Dentro
de la categoría anterior se considerarán comprendidos los
edificios destinados a los siguientes usos: administrativo, sanitario,
docente, comercial, cultural (destinado a restauración, espectáculos,
reunión, deporte, esparcimiento, auditorios, juegos y similares),
residencial público y de transporte de personas. Para el resto de edificios la
exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria,
y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad
Autónoma.
No obstante lo anterior la etiqueta
de eficiencia energética debe
ser incluida en toda
oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un
inmueble. Cuando el inmueble sea objeto de contrato de
compraventa, total o parcial, el certificado de eficiencia
energética será
puesto a disposición del adquiriente.
¿Qué pasa si intento vender
o arrendar sin Certificado?
Puede ser sancionado administrativamente por
el órgano competente de la Comunidad Autónoma
por infracción a los Derechos de los Consumidores. Teniendo en cuenta
la situación de económica de la Administración pensamos que
no dejaran pasar la oportunidad como elemento de recaudación, sobre todo
con lo fácil que resulta visitar las inmobiliarias.
Además puede suceder que a instancias del
comprador o arrendatario se solicite la nulidad de un contrato por falta de
información al consumidor. Si sumamos a este trastorno las
consecuencias económicas que se derivarían de una demanda por
un consumo energético no previsto, es evidente la conveniencia de
poseer el Certificado
¿Habrá sanciones?
Si no se tiene el Certificado las ventas no podrán ser
inscritas en el registro, pero no está prevista una sanción especifica
por este hecho. Sin embargo un aspecto importante del Real Decreto
resulta el artículo 12.2 que trata sobre la exhibición de la etiqueta y
que dice al respecto; “se incluirán en toda oferta, promoción y publicidad dirigida
a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio”. El
incumplimiento de este precepto se considerará infracción en materia de
certificación de la eficiencia energética de los edificios y además constituyen
infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios, por lo que
se deberá estar muy atento pues la administración no dejará pasar esta
oportunidad por las altas cuantías de las sanciones.
¿Cuál es el software para realizar esta
certificación?
Actualmente
estos programas gratuitos, junto con sus manuales pueden descargarse
visitando
la página web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Los
procedimientos en cuestión son dos programas informáticos:
· CE3X desarrollado por NATURAL CLIMATE SYSTEMS,
S.A. (UTE MIYABI FUNDACIÓN CENER)
·
CE3 desarrollado por APPLUS NORCONTROL S.L.U.2
Cada
uno de ellos presenta módulos específicos para el desarrollo de los procedimientos:
·
Vivienda “ViV”
·
Pequeño y Mediano Terciario “PYMT”
·
Gran Terciario “GT”
Cada
uno de los programas se ha puesto a disposición de los técnicos certificadores
y del ciudadano en general, junto con la documentación técnica necesaria para
su correcta comprensión y utilización:
·
Manual de usuario
·
Manual de fundamentos técnicos
·
Ejemplos de aplicación para las tres
tipologías (ViV, PYMT, GT)
·
Guía para la elaboración del certificado
energético
Ambos
procedimientos permiten la certificación energética de edificios existentes de uso
residencial, pequeño terciario y edificios de gran terciario, estableciendo un
grado de eficiencia energética basado en las emisiones de CO2 derivadas de los
consumos asociados a las necesidades de calefacción, refrigeración,
calentamiento de agua, ventilación e iluminación.
Calener
Es un
programa informático promovido por el Ministerio de Industria,
Turismo y Comercio, a través del IDAE, con el objetivo de dotar a los
profesionales españoles de una herramienta que permite determinar el nivel
de eficiencia energética correspondiente a un edificio. El programa consta de
dos herramientas para una utilización mas fácil por el usuario, el Calener
VYP, para la calificación de eficiencia energética
de edificios de viviendas y del pequeño y mediano terciario, y el Calener
GT, para la calificación de eficiencia energética de grandes
edificios del sector terciario.
CALENER COMO PROCEDIMIENTO DE REFERENCIA
CALENER continúa siendo el
procedimiento de referencia para la calificación energética de edificios,
también los existentes, no obstante, el desarrollo de los procedimientos
simplificados CE3 y CE3X, para el caso de edificios existentes, soluciona el
problema de la obtención de determinados datos necesarios para la introducción
del edificio en CALENER, que puede ser muy costosa (composición de 3 cerramientos,
etc…). Además estos programas cubren la necesidad de que en la propia
calificación de un edificio existente han de proponerse medidas para mejorar su
calificación.
TEST REALIZADOS
Los
programas informáticos han sido ampliamente testados antes de su publicación
oficial. El proceso de análisis de los programas ha consistido en la
realización de diversos test:
·
Test de calidad informática
·
Test de usuario
·
Test de precisión, comparativos con CALENER
Los
test de calidad informática y test de usuario se han realizado mediante una encomienda
de gestión al Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO)
para la realización de una evaluación de la calidad de los productos software,
consistentes en test de usabilidad con usuarios reales.
La
precisión de los procedimientos simplificados desarrollados para la
calificación energética de edificios existentes CE3 y CE3X, se ha determinado
por comparación con el procedimiento informático de referencia para la
calificación energética de edificios
CALENER.
Las simulaciones se han llevado a cabo
directamente en el propio IDAE y mediante colaboración con el Instituto
Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO).
El total aproximado de horas de simulación
para realizar la comparativa CALENER –CE3 y CE3X ha sido de 4.000 horas,
trabajando con varios equipos informáticos en paralelo.
Como
resultado de la batería de pruebas que ambos programas han superado, se han
detectado determinados problemas que han sido solucionados antes de la salida a
producción de la aplicación.
¿Cuánto tiempo tarda en
emitirse un certificado de eficiencia energética?
Una vez realizada la inspección del
inmueble objeto de certificar, los plazos para la entrega del certificado
de eficiencia energética varían
en función de las siguientes variables:
a. Tiempo de elaboración, por parte del técnico
profesional o certificador, del certificado de eficiencia energética y
posterior asignación de la calificación en la etiqueta energética. (3 días
aproximadamente)
b. Según la Comunidad Autónoma, registro del certificado
de eficiencia energética. Cada Comunidad Autónoma establece sus criterios de
registro.
Dependiendo, principalmente, de
estos dos factores, se emitirá el correspondiente certificado de eficiencia energética.
Dado que el certificado de
eficiencia energética es obligatorio antes de firmar cualquier operación de compraventa o alquiler se recomienda solicitar
el certificado energético o certificado
de eficiencia energética con
una antelación mínima de 30 días antes de la firma del contrato.
Algunas
definiciones sobre la certificación energética.
Edificio: una construcción techada, con paredes, en la que se
emplea energía para acondicionar el clima interior; puede referirse a un edificio
en su conjunto o a partes del mismo que hayan sido diseñadas o modificadas para
ser utilizadas por separado.
Eficiencia
energética de un edificio: consumo de
energía que se estima necesario para satisfacer la demanda energética del
edificio en unas condiciones normales de funcionamiento y ocupación.
Calificación
energética de un edificio: expresión
de la eficiencia energética de un edificio que se determina de acuerdo con una
metodología de cálculo y se expresa con indicadores energéticos mediante la
etiqueta energética.
Etiqueta de
eficiencia energética: distintivo
que señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida mediante
los procedimientos considerados como documento reconocido.
Potencia
nominal térmica instalada: potencia
máxima que, según determine y garantice el fabricante, puede suministrar un
equipo en funcionamiento continuo, ajustándose a los rendimientos declarados
por el fabricante.
Instalaciones
centralizadas: aquellas en
que la producción de calor o frío es única para todo el edificio, realizándose
su distribución desde la central generadora a las correspondientes viviendas o
locales por medio de fluidos térmicos.
Procedimiento
de obtención del Certificado de Eficiencia Energética (según borrador de Real
Decreto publicado a audiencia pública en Junio de 2012)
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